SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0445/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0445/2010-R

Fecha: 28-Jun-2010

I.2.1. Informe de las autoridades judiciales recurridas

Hermo Carlos Martínez Tapia, Juez Cuarto de Partido en lo Civil y Comercial del Distrito Judicial de Chuquisaca, presentó informe escrito cursante a fs. 12 y vta., por el cual señaló que la facultad otorgada a los notarios de fe pública para intervenir como martilleros en remates judiciales, previa designación del juez de la causa, radica en la previsión del párrafo cuarto del art. 38.I de la LAPCAF, que sustituye al art. 526 del Código de Procedimiento Civil (CPC), dado el antecedente de que en Sucre se da el supuesto fáctico previsto en la norma, por lo que la designación de notarios para su intervención como martilleros en remates judiciales, es legal y no conculca los derechos invocados por el actor.