SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0445/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0445/2010-R

Fecha: 28-Jun-2010

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El recurrente ahora accionante, denuncia la vulneración de sus derechos a la seguridad jurídica y al debido proceso, aduciendo que en el juicio coactivo civil seguido en su contra se dispuso la subasta de su inmueble, comisionando el acto a una Notaria de Fe Pública, cuando el art. 213.4 de la LOJabrg., establece que en las subastas judiciales los oficiales de diligencias deben pregonar como martilleros, motivo por el cual solicitó la suspensión del remate que fue rechazada por el Juez de  Instrucción demandado, determinación confirmada en apelación por el Juez de Partido codemandado con el fundamento del art. 38.I de la LAPCAF, razonamiento que contraviene el art. 1 de la LN y 277 de la LOJabrg., habida cuenta que al otorgar facultad a los notarios para llevar a cabo subastas judiciales sus actos serían ilegales y nulos por mandato de los arts. 31 de la CPEabrg y 30 de la LOJabrg.. En revisión de la Resolución del Tribunal de garantías, corresponde determinar si se debe otorgar o no la tutela solicitada.