SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0454/2010-R
Fecha: 28-Jun-2010
I.1.1. Hechos que motivan el recurso
En el memorial presentado el 7 de noviembre de 2006, cursante de fs. 65 a 69, la recurrente señala que es propietaria de un terreno ubicado en la zona denominada Canalpata, registrado en Derechos Reales a fs. 138, Partida 372 del Libro Primero de Propiedad de la provincia Chapare, el 8 de noviembre de 1935, adquirido por sucesión hereditaria de su padre Julián Cáceres y Juana Hinojoza, que a su vez adquirieron por tradición de Pantaleón García.
Indica que para la subinscripción de la extensión de la superficie, acudió al Juez Agrario, quien por Auto de 9 de enero de 2006, ordenó la sub-inscripción; sin embargo, luego de siete meses y veintiún días, por memorial de 31 de julio de 2006, se apersonaron Félix López Quinteros, Ximena López Aldayuz y Jorge Luís Arce Mantilla en representación de Francisco Bermudez Bellot, argumentando que la propiedad del referido terreno fue definida en un proceso ordinario de reivindicación resuelto a su favor.
Señala que el derecho propietario reivindicado, se refiere a un terreno que era de propiedad de Juan Cáceres Céspedes, adquirido de Teresa Montero, ubicado en la zona denominada “Mosocllacta” y registrado en Derechos Reales, el 10 de junio de 1977, a fs. 118, Partida 349 del Libro Primero de Propiedad de la provincia Chapare, por lo que no habría identidad de objeto, causa y sujetos.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de amparo constitucional
- i)
- 1)
- a)
- improcedente
- I.3.
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.7.
- II.8.
- II.10.
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- III.2.Términos procesales en la acción tutelar de amparo constitucional
- III.3. Consideraciones sobre la naturaleza subsidiaria del amparo constitucional
- III.4.1. Sobre la cancelación de la sub-inscripción dispuesta por la autoridad demandada
- III.4.2. Sobre la falta de pronunciamiento al recurso de conflicto de competencias planteado
- III.4.3. Sobre la compulsa planteada por la accionante, ante el Tribunal Constitucional
- III.4.4. Conclusión
- improcedencia
- APROBAR