SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0456/2010-R
Fecha: 28-Jun-2010
II.1.
II.1. Resultado de la demanda preparatoria seguida por Oscar Zapata Zegada contra las Mutuales de Ahorro y Préstamo para la Vivienda "La Primera" y "La Paz", sobre exhibición de documentos, el Juez Primero de Partido en lo Civil y Comercial, emitió la Resolución 273/90 de 11 de agosto de 1990, mediante la cual dispuso que al no haber dado los demandados, Mutual La Primera y La Paz cumplimiento a la conminatoria haciendo la exhibición del documento y al no haber demostrado la imposibilidad de cumplirla, le impuso la sanción pecuniaria de Bs5000.- (cinco mil bolivianos) a cubrir cada mutual y a partir de su notificación la suma de Bs36.- (treinta y seis bolivianos), por cada día de retraso en la exhibición del documento solicitado (fs. 1 a 4 vta.). La Resolución 273/90 fue confirmada en apelación mediante Auto de Vista 482 de 20 de octubre de 1992, dictada por la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz (fs. 5 a 6 vta.).
- recurso de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- 1)
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- "recurso de
- "accionante"
- III.3. La notificación al tercero interesado
- III.4. Respecto al cumplimiento de los otros requisitos de admisibilidad
- III.6. Análisis del caso de autos
- denegar la tutela
- APROBAR