SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0456/2010-R
Fecha: 28-Jun-2010
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente, ahora accionante, manifiesta que las autoridades recurridas emitieron la Resolución 361/2006 de 28 de agosto, en la que omitieron pronunciarse sobre puntos observados y denunciados por su persona, pues debió resolver respecto a las violaciones procesales acusadas en su memorial, comenzando por la impersonería de los apoderados de las Mutuales, indica que el Tribunal pretende revisar liquidaciones pagadas por las mutuales, pero que fueron revocadas por Auto de Vista 445/97 y Resolución 64/2003, ignorando el carácter preclusivo que tienen los pagos según el art. 524 del CPC, concordante con el art. 351.1) del CC. Denuncia además, que el Tribunal eludió cumplir con la pertinencia establecida en el art. 236 del CPC., ejerciendo potestad que no emana de la ley, por lo que tales actos están viciados de nulidad; siendo nula también, la apelación de la Mutual La Paz, debido a que no se corrió traslado con la misma y la apelación de Mutual La Primera es improcedente por vencimiento del plazo, por lo que queda ejecutoriado el Auto apelado. Alude el accionante a otras supuestas nulidades que emergen de la Resolución que impugna y finalmente expresa que en la parte dispositiva, el Tribunal no resolvió su apelación en la que pidió la revocatoria del Auto de fs. "1142 a 1144", dejando subsistente la obligación de hacer dispuesta en el último párrafo del indicado Auto y que se dicte otra resolución aprobando la liquidación presentada, disponiendo que el Juez a quo ordene las medidas de ejecución. Por ello, considera que las autoridades recurridas vulneraron sus derechos a la seguridad jurídica, a la propiedad privada y el derecho a ser oído. Corresponde dilucidar si tales extremos son evidentes y si constituyen actos ilegales y/o omisiones indebidas, lesivas a los derechos fundamentales invocados, a fin de otorgar o no la tutela solicitada.
- recurso de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- 1)
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- "recurso de
- "accionante"
- III.3. La notificación al tercero interesado
- III.4. Respecto al cumplimiento de los otros requisitos de admisibilidad
- III.6. Análisis del caso de autos
- denegar la tutela
- APROBAR