Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0456/2010-R
Fecha: 28-Jun-2010
II.7.
II.7. A través de la Resolución 64/2003 de 5 de agosto, la Sala Penal Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, revocó la Resolución de 12 de marzo de 2001 y dispuso la nulidad de la diligencia de notificación efectuada a Mutual La Primera, disponiendo se practique la notificación de la Asociación Mutual de Ahorro y Préstamo para la Vivienda La Primera y que el Secretario Abogado del Juzgado a quo practique una nueva liquidación conforme se dispuso por Auto de Vista 445 de 25 de agosto de 1997 y "Auto complementario" (fs. 28 a 29).
- recurso de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- 1)
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- "recurso de
- "accionante"
- III.3. La notificación al tercero interesado
- III.4. Respecto al cumplimiento de los otros requisitos de admisibilidad
- III.6. Análisis del caso de autos
- denegar la tutela
- APROBAR