Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0456/2010-R
Fecha: 28-Jun-2010
II.2.
II.2. Mediante Resolución 337/95 de 5 de octubre de 1995, la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito de La Paz, declaró no haber lugar a la concesión de los recursos de nulidad interpuestos, y ejecutoriado el Auto de Vista 482 de 20 de octubre de 1992, así como su complementario de 10 de diciembre del mismo año (fs. 7 y vta.).
- recurso de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- 1)
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- "recurso de
- "accionante"
- III.3. La notificación al tercero interesado
- III.4. Respecto al cumplimiento de los otros requisitos de admisibilidad
- III.6. Análisis del caso de autos
- denegar la tutela
- APROBAR