Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0482/2010-R
Fecha: 05-Jul-2010
II.4.
II.4. En el memorial presentado el 21 de mayo de 2007, la demandante, por intermedio de su representante, solicita a la Jueza Segunda de Instrucción de Familia, se sirva notificar con la última actuación mediante edictos; por decreto de 6 de junio de 2007, la Jueza, Sandra Gladys Aldayuz Avilés, ordena dicha publicación, previo juramento de desconocimiento de domicilio (fs. 54 y vta.).
- recurso de
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- 1)
- a)
- i)
- procedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- acción de libertad
- ordenar la tutela
- III.3. Caso analizado
- El nombre
- III.4.
- APROBAR