SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0503/2010-R
Fecha: 05-Jul-2010
concedió
La Resolución 29/06 de 20 de diciembre de 2006, cursante de fs. 46 a 47, pronunciada por la Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, constituida en Tribunal de garantías, concedió la tutela solicitada, disponiendo la nulidad de las actuaciones administrativas a partir de la Resolución 624.06 de 28 de abril de 2006, debiendo dictar nueva resolución sobre el recurso de reclamación y proseguir trámites, sujetándose a normas vigentes; bajo el fundamento de que, la Comisión no puede constituirse en juez y parte a la vez, menos hacer uso de un instructivo como es el “003/99”, norma inferior a la prevista por el art. 601 del Reglamento al Código de Seguridad Social, en vigencia transitoriamente en tanto concluyan los trámites del “Sistema de Largo Plazo (art. 55 de la Ley 1732)”; resultando que, la Resolución 624.06 y posteriores actuaciones, han sido viciadas de nulidad; por una parte, al pronunciarse sin haber ingresado al fondo del recurso; y por otra, al negar directamente y sin competencia, conceder el recurso de apelación, puesto que en este último caso, un instructivo no puede prevalecer sobre una disposición expresa “(art. 601 del RCSS y la LOJ)” (sic), atribuida a los órganos jurisdiccionales, vulnerando de este modo el derecho al debido proceso y a la seguridad social del recurrente.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que lo motivan
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- 1)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- “accionante”
- “conceder”
- III.3. Naturaleza jurídica del amparo constitucional
- III.3.1. Sobre la legitimación pasiva
- III.4. Análisis de la problemática planteada
- concedido
- REVOCAR