Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0503/2010-R
Fecha: 05-Jul-2010
II.6.
II.6. El 6 de junio de 2006, el recurrente interpone recurso de apelación ante la Comisión de Reclamación, para su remisión a la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, sustentado su impugnación en el art. 601 del Decreto Reglamentario al Código de Seguridad Social, solicitando se efectúe la cancelación de la renta por enfermedad profesional con efecto retroactivo al mes de abril de 1997 (fs. 18 a 19).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que lo motivan
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- 1)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- “accionante”
- “conceder”
- III.3. Naturaleza jurídica del amparo constitucional
- III.3.1. Sobre la legitimación pasiva
- III.4. Análisis de la problemática planteada
- concedido
- REVOCAR