SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0523/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0523/2010-R

Fecha: 05-Jul-2010

II.3.

II.3. De fs. 44 a 45 vta., cursan recurso de apelación incidental contra el Auto Interlocutorio de 8 de septiembre de 2006, que desestimó la querella del recurrente; asimismo, el memorial de apersonamiento, ratificación y ampliación de la apelación presentada, manifestando ambos sobre la errónea interpretación del Juez ad-quo, ya que él nunca se apersonó ante el Juzgado Quinto de Sentencia, en representación ni en calidad de apoderado legal de sus hermanas y que la presentación de los poderes sólo fue para acreditar la calidad de heredero legal ab-intestato de todos los bienes, acciones y derechos de su hermano, instrumentos en los cuales figuran sus hermanas que también fueron declaradas herederas, por lo que en el peor de los casos el Juez ad-quo debió negar la personería de ellas-que tampoco es posible de acuerdo al art. 291 del CPP -, mas no la de él, ya que está plenamente demostrada su calidad de heredero legal y forzoso del de cujus -su hermano-.