SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0523/2010-R
Fecha: 05-Jul-2010
recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
En revisión la Resolución de 01/2007 de 9 de enero, cursante a fs. 60 vta., pronunciada por la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, dentro del recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional, presentado por Jorge Schultze Guitiérrez contra Teresa Lourdes Ardaya Pérez, Teresa Vera Cañada de Gil y Jacinto Morón Sánchez, Vocales de la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz; y Misael Severiche Saravia, Juez Quinto de Sentencia, todos del mismo Distrito Judicial respectivamente, alegando la vulneración de sus derechos a la tutela judicial efectiva, a la igualdad jurídica, a la defensa, al debido proceso y a la seguridad jurídica, citando al efecto los arts. 6.I, 7 inc. a) y 16.II y IV., de la Constitución Política del Estado abrogada (CPEabrg).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- b)
- denegó
- 1)
- 2)
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2. Términos procesales en la acción de amparo constitucional
- 6)
- 3)
- III.4. Sobre la valoración de la prueba
- no deberá plantear un recurso de amparo con el objeto de que en esta jurisdicción se compulse que su demandante no tiene la razón, que los documentos en los que funda su pretensión no son idóneos
- revise
- III.5. El caso analizado
- REVOCAR