SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0526/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0526/2010-R

Fecha: 05-Jul-2010

II.9.  En cuanto a la impugnación de la posesión del señor Juan Álvaro Valdez Aguirre ante el Presidente del Consejo Departamental

         Por memorial cursante de fs. 70 a 71, recepcionado en fecha 24 de julio de 2006, se evidencia la impugnación realizada por el recurrente ante el Concejo Municipal de la capital de provincia, Camataquí Villa Abecia, mediante el cual, denuncia los mismos actos ilegales insertos en su demanda de amparo constitucional.

         A fs. 73 cursa convocatoria del Concejo Municipal de Camataqui-Villa Abecia, de 4 de agosto de 2006, para la sesión extraordinaria destinada a tratar la impugnación a elección del consejero departamental, en esta sesión, desarrollada en fecha 9 de agosto de 2006, no se definió la impugnación planteada por el recurrente, razón por la cual, mediante carta recepcionada por la Prefectura del departamento de Chuquisaca en fecha 11 del mismo mes y año y cursante a fs. 76, se solicita la elaboración de un informe legal para tomar las decisiones pertinentes, en virtud a esta nota, de fs. 78 a 79 cursa informe legal 519/06 de 22 de agosto de 2006, mediante el cual, se establece que debe derivarse la impugnación del recurrente al Concejo Municipal de la capital de la provicnia Sud-Cinti, a efectos de que proceda con el trámite de la revocatoria planteada por Waldo Mogro Zeballos.

         Se colige también que por el contenido del citado informe, mediante convocatoria 02/2006, en fecha 31 de agosto de 2006 (fs. 80), el Concejo Municipal de Camataquí-Villa Abecia, convoca a sesión extraordinaria para el día 7 de septiembre de ese año. Por acta cursante de fs. 82 a 83, se tiene que dicha sesión extraordinaria fue suspendida por falta de quórum. Nuevamente, mediante memorial cursante a fs. 84, el recurrente pide a este Concejo pronunciamiento urgente.