SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0526/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0526/2010-R

Fecha: 05-Jul-2010

III.9.2.  Análisis del acto lesivo concreto

En la especie, se tiene que Juan Álvaro Valdez Aguirre, en sesión conjunta de los Concejos Municipales de Villa Abecia, Las Carreras y Culpina, desarrollada en fecha 8 de julio de 2006, fue electo Consejero Departamental, por tanto, no se cumple con el presupuesto inserto en el art. 10 inc. f) del DS citado supra, máxime cuando todos los actos denunciados como lesivos a los derechos del accionante, no pueden ser objeto de tutela a través del recurso de amparo constitucional, tal como se establece en los puntos precedentemente motivados, en consecuencia, al no existir ningún tipo de vacío ni falta de elección de consejero departamental, a través de la presente acción, no se puede tutelar el pedido del accionante en cuanto a su reelección tácita.