SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0526/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0526/2010-R

Fecha: 05-Jul-2010

III.7. De la actuación de la concejal Sandra Mirian Ayarde Narváez

Como otro acto lesivo, el accionante acusa también en su memorial de amparo constitucional que Sandra Mirian Ayarde Narváez, mediante Resolución Municipal de fecha 26 de julio de 2006, asumió la titularidad del Concejo Municipal, empero, esta en forma ilegal concurrió a las sesiones conjuntas de los Concejos Municipales de Sud Cinti , además emitió su voto a favor de Álvaro Valdez Aguirre en la sesión de 8 del referido mes y año “con lo que coadyuvó a la nulidad de dicha sesión municipal así como a la invalidez de la designación de Juan Valdez” (sic).

la denuncia desarrollada en el fundamento III.7 de la presente Sentencia, es pertinente realizar el mismo entendimiento, por tanto, al encontrarse esta supuesta denuncia dentro del supuesto de “ejercicio de potestad que no emana de la ley”, de acuerdo con la ratio decidendi de la SC 0099/2010-R, su protección debió ser reclamada a través del recurso directo de nulidad y no así a través del amparo constitucional, por tanto, en cuanto a este acto lesivo, la presente acción resulta improcedente.