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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0529/2010-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0529/2010-R

    Fecha: 12-Jul-2010

    II.4.

    II.4.  En sesión ordinaria 002/07 de 5 de enero, se dio curso a la petición de moción de voto constructivo de censura del Alcalde Municipal, expresando los concejales Jaime Ulunque Lazarte y Ximena Molina Zapata, no estar de acuerdo con la moción, el acta de dicha sesión fue suscrita por los concejales William Quevedo Vega, Marisol Nina Mercado, Longinés Nogales y Jorge Castro (fs.  147 a 150).

    • recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • a)
    • 1)
    • i)
    • improcedente
    • I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
    • "accionante"
    • "conceder"
    • III.3. Naturaleza jurídica del amparo constitucional
    • Fragmento 15
    • III.4.1. La legitimación pasiva como requisito
    • III.4.2. La legitimación pasiva de los entes colegiados
    • quienes son los que asumieron efectivamente la decisión lesiva a sus derechos, no siendo suficiente identificar sólo a los que firmaron dichos actos o resoluciones;
    • Fragmento 19
    • III.5. Análisis del caso concreto
    • APROBAR

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