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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0538/2010-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0538/2010-R

    Fecha: 12-Jul-2010

    concedido

    Por lo expuesto precedentemente, se concluye que el Tribunal de garantías al haber concedido el recurso, no ha realizado una adecuada compulsa de antecedentes y por ende, una correcta aplicación del art. 19 de la CPEabrg, por lo que en aplicación de los arts. 128 y 130 de la CPE, corresponde revocar la Resolución del recurso de amparo constitucional revisada; y en consecuencia, declarar su improcedencia.

    • Fragmento 1
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • Fragmento 3
    • 1)
    • a)
    • concedió
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • II.7.
    • II.8.
    • i)
    • III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de  constitucionalidad
    • “recurso de
    • “accionante”
    • recurso de amparo constitucional
    • III.3.1. Interpretación de la legalidad ordinaria
    • III.3.2. La problemática planteada
    • concedido
    • REVOCAR

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