SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0538/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0538/2010-R

Fecha: 12-Jul-2010

II.2.

II.2. A través del Auto 188 de 21 de febrero de 2005, el Juez recurrido admitió la demanda ordinaria de resarcimiento de daños y perjuicios interpuesta por Emiliano Montero Poquiviqui contra el recurrente como representante y accionista mayoritario de la empresa “ROGHUR S.A”, disponiendo en cuanto a las medidas precautorias solicitadas que previa contracautela se proceda a la anotación preventiva del inmueble ubicado en la “UV-12”, manzana 9, zona oeste de la ciudad de Santa Cruz, así como de la vagoneta marca Nissan con placa de control GUX-473, declarando no haber lugar a las otras medidas precautorias solicitadas, al tratarse de un proceso ordinario y no de ejecución, en cuyo cumplimiento el 18 de marzo de 2005, el demandante prestó contracautela garantizando con todos sus bienes habidos y por haber. A solicitud del demandante, el Juez recurrido modificó la anotación preventiva del inmueble respecto al 50% y como emergencia también la contra cautela fue modificada hasta ese porcentaje (fs. 8 a 11).