SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0538/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0538/2010-R

Fecha: 12-Jul-2010

II.5.

II.5.  Por Auto 1232 de 29 de noviembre de 2005, el Juez recurrido, declaró probada la tercería de dominio excluyente opuesta por el recurrente, disponiendo la cancelación de la anotación preventiva ordenada sobre el 50% del inmueble de propiedad del tercerista y de su esposa, así como del vehículo marca Nissan  también de propiedad del tercerista, condenando al demandante principal al pago de costas. Respecto al pago de daños y perjuicios señaló que en el planteamiento de una tercería no está permitido efectuar contra demandas al actor principal, lo cual está reservado para el momento de la contestación y consiguiente reconvención conforme prevé el art. 348 del CPC, teniendo el tercerista la vía que estime conveniente para hacer valer su pretensión por cuerda separada, donde el actor podrá demostrar en su caso la colusión que dice existir entre el tercerista y el supuesto comprador con arras, quien funge como representante legal de la empresa “ROGHUR S.A.” (fs. 47 a 49).