Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0544/2010-R
Fecha: 12-Jul-2010
recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad
En revisión la Resolución 10/2007 de 7 de octubre, cursante de fs. 14 vta. a 17, pronunciada por la Sala Civil y Comercial Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Tarija, dentro del recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad, interpuesto por Fernando José Fernández Burgoa en representación sin mandato de Moisés Vidaurre Arenas contra Armando Arancibia Mealla, Juez Primero de Instrucción cautelar; y Gilbert Muñoz Ortiz, Fiscal de Materia, alegando la vulneración de los derechos de su representado a la libertad física, a la locomoción y al debido proceso, citando al efecto los arts. 6.II y 16.IV de la Constitución Política del Estado abrogada (CPEabrg).
- recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- i)
- procedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- III.2. Términos en la presente acción tutelar
- III.3. Naturaleza jurídica del hábeas corpus, hoy acción de libertad
- , a pesar de existir mecanismos de protección específicos y establecidos por la ley procesal vigente, éstos resulten ser evidentemente inoportunos o inconducentes,
- III.4. Principio de unidad del Ministerio Público
- III.5. Aplicación del principio de celeridad procesal en caso de cesación de la detención preventiva
- pues la ausencia de los mismos importará su aceptación a la solicitud,
- III.5.1.
- III.5.2.
- a)
- b)
- III.5.4.
- APROBAR