SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0554/2010-R
Fecha: 12-Jul-2010
denegó
La Resolución 011 de 19 de enero de 2007, cursante de fs. 120 vta. a 121 vta., pronunciada por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, constituido en Tribunal de garantías, denegó la tutela solicitada, de acuerdo a los siguientes argumentos: i) No es evidente que la Aduana Interior de Santa Cruz, al proceder al decomiso, remate y subasta pública, violentó ni transgredió ningún principio de la seguridad jurídica, derecho al trabajo o norma especial del Código Tributario o Ley General de Aduanas; y, ii) El recurrente, no accionó el derecho de su representada, en el término establecido de los seis meses, de acuerdo a la línea jurisprudencial constitucional, con respecto al principio de inmediatez.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- I.2.1. Ratificación del recurso
- 1)
- 2)
- 3)
- 4)
- 5)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- II.9.
- II.11.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- “accionante”
- “conceder”
- III.3. Naturaleza jurídica del amparo constitucional
- III.3.1. Sobre el principio de inmediatez
- III.4. Análisis del caso concreto
- denegado
- APROBAR