Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0554/2010-R
Fecha: 12-Jul-2010
II.1.
II.1. El 10 de mayo de 2005, se emite acta de intervención contravencional de 9 de mayo a horas 9:00, de un camión, marca Volvo, con placa de control 828-YSG, de la empresa de transportes “Oriente”, conducido por Nicolás Chipana Chipana; detallando la mercancía que contenía, la que se depositó en el almacén 5 de Albo S.A. (fs. 56 a 64), constando la guía de remisión 13612, de “María Arancibia” a “Esperanza Guarachi”, con destino Santa Cruz, con el detalle siguiente: cinco cajas de electrodomésticos, diez cajas de televisores de 14', dos bolsas cada una con quince dvd's (fs. 66).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- I.2.1. Ratificación del recurso
- 1)
- 2)
- 3)
- 4)
- 5)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- II.9.
- II.11.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- “accionante”
- “conceder”
- III.3. Naturaleza jurídica del amparo constitucional
- III.3.1. Sobre el principio de inmediatez
- III.4. Análisis del caso concreto
- denegado
- APROBAR