SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0554/2010-R
Fecha: 12-Jul-2010
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente, señala que el 9 de mayo de 2005, como emergencia del operativo aduanero realizado por funcionarios del COA, le decomisaron a su representada, la mercancía que adquirió legalmente; apersonándose el 13 de mayo de 2005, a la Aduana Interior de Santa Cruz, acreditando ese hecho con la presentación de las facturas originales, mediante reiterados memoriales de solicitud de devolución de la mercancía, exhibiendo incluso más pruebas de descargo, ante lo cual no recibió respuesta alguna, a pesar de presentarse todos los días miércoles a dependencias de la institución para verificar la notificación en tablero, encontrándose el 1 de marzo de 2006, con una notificación, supuestamente practicada el 24 de mayo de 2005, con la desestimación de la solicitud como apoderado y de su representada, porque no formarían parte en el proceso; informando además que, se encontraba ejecutoriado. Corresponde, dilucidar en revisión, si tales argumentos son evidentes y si constituyen actos ilegales lesivos de los derechos fundamentales de la representada del recurrente, a fin de conceder o denegar la tutela solicitada.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- I.2.1. Ratificación del recurso
- 1)
- 2)
- 3)
- 4)
- 5)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- II.9.
- II.11.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- “accionante”
- “conceder”
- III.3. Naturaleza jurídica del amparo constitucional
- III.3.1. Sobre el principio de inmediatez
- III.4. Análisis del caso concreto
- denegado
- APROBAR