Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0563/2010-R
Fecha: 12-Jul-2010
II.3.
II.3. En la audiencia pública de 8 de septiembre de 2007, para la consideración de medidas cautelares, la defensa con carácter previo y en la vía incidental denunció inobservancia procesal, que constituye defecto absoluto al haberse vulnerado el derecho a la intimidad y a la inviolabilidad del domicilio, toda vez que la pieza 33 del Hotel “Los Angeles”, donde se encontraba alojado el imputado era su domicilio particular, al que no debieron ingresar los efectivos policiales sin su autorización o en su defecto con orden judicial de allanamiento, al haberlo hecho, las evidencias recolectadas carecían de valor legal y probatorio.
- recurso de hábeas corpus,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- I.2.1. Ratificación del recurso
- Jueza Quinta de Instrucción en lo Penal Liquidadora
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 13
- III.2. Armonización de términos procesales-constitucionales
- III.3. Resoluciones judiciales susceptibles de apelación incidental
- Aprehensión en flagrancia
- Fragmento 17
- Fragmento 18
- III.4. El caso en examen
- Fragmento 20
- Fragmento 21
- Actuación de la Jueza demandada
- Fragmento 23
- APROBAR