Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0584/2010-R
Fecha: 12-Jul-2010
I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
Interpone recurso de amparo constitucional contra José Luis Alberto Medina Arias, Gerente a.i. de GRACO-Santa Cruz, del SIN, solicitando se conceda el recurso y en consecuencia, dejar sin efecto el Pliego de Cargo 04/2006 de 10 de noviembre y la Resolución de 24 de noviembre de 2006, que rechaza la petición del recurrente de modificar el pliego de cargo. Como medida cautelar, peticiona disponer la suspensión de la fase de ejecución.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- 1)
- a)
- i)
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- “accionante”
- “conceder”
- III.3. La seguridad jurídica, consagrada como principio por la Constitución Política del Estado y la acción de amparo constitucional
- la seguridad jurídica' al ser un principio, no puede ser tutelado por el recurso o acción de amparo constitucional que tiene por finalidad proteger derechos fundamentales -no principios-, reconocidos por la Constitución
- III.4. Normativa aplicable, ejecución coactiva conforme a la Ley 1340 Código Tributario de 1992 y la cosa juzgada
- Fragmento 19
- III.5. Análisis del caso concreto
- Fragmento 21
- APROBAR