SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0584/2010-R
Fecha: 12-Jul-2010
recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
En revisión la Resolución 05 de 30 de enero de 2007, cursante de fs. 75 vta. a 76 vta. de obrados, pronunciada por la Sala Civil y Comercial Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, dentro del recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional, interpuesto por José Luis San Juan García en representación de la Empresa Agroindustrial y Minera San Juan Ltda. contra Luis Alberto Medina Arias, Gerente a.i. de Grandes Contribuyentes de Santa Cruz (GRACO-Santa Cruz), del Servicio de Impuestos Nacionales (SIN), alegando la vulneración del derecho, de la entidad que representa, a la “seguridad jurídica”, previsto en el art. 7 inc. a) de la Constitución Política del Estado abrogada (CPEabrg).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- 1)
- a)
- i)
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- “accionante”
- “conceder”
- III.3. La seguridad jurídica, consagrada como principio por la Constitución Política del Estado y la acción de amparo constitucional
- la seguridad jurídica' al ser un principio, no puede ser tutelado por el recurso o acción de amparo constitucional que tiene por finalidad proteger derechos fundamentales -no principios-, reconocidos por la Constitución
- III.4. Normativa aplicable, ejecución coactiva conforme a la Ley 1340 Código Tributario de 1992 y la cosa juzgada
- Fragmento 19
- III.5. Análisis del caso concreto
- Fragmento 21
- APROBAR