SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0611/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0611/2010-R

Fecha: 19-Jul-2010

III.3. Jurisprudencia aplicable en la presente problemática

Las SSCC. 1036/2002-R, 1262/2002-R y 0314/2003-R, entre otras, han señalado lo siguiente: “Consecuentemente, dado el carácter público del proceso, el computo de los seis meses previsto por el art. 134 del CPP para el desarrollo de la Etapa Preparatoria, empieza a partir de que el Juez cautelar pone en conocimiento del encausado la imputación formal, siendo éste el actuado jurisdiccional que marca el inicio del proceso penal, y a partir de ahí, se tiene un término máximo de seis meses para presentar la acusación…” .

Por su parte, la SC 0691/2004-R de 11 de mayo, ha señalado lo siguiente: “…partiendo del razonamiento formulado en la SC 1036/2002-R de 29 de agosto, se concluye que en caso de existir varias imputaciones o como en el presente caso-más de una imputación-, presentadas en tiempos diferentes, el término de los seis meses de la etapa preparatoria establecido por el art. 134 del CPP, debe computarse desde la notificación con la última imputación formulada, en resguardo de los derechos y garantías de la persona sindicada de la presunta comisión de un delito. De donde resulta, que la ampliación de la imputación en contra de otros imputados, en los casos que corresponda, implica la ampliación automática del plazo establecido por el art. 134 del CPP…”.