Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0627/2010-R
Fecha: 19-Jul-2010
II.6.
II.6. Por memorial presentado el 9 de enero de 2008, ante el Juez recurrido, María Sonia Suárez Ramos, solicitó se ordene notificación por edicto de prensa a Julián Carlos Vallejos Camacho, disponiendo el Juez de la causa mediante proveído de 9 de enero de 2008, se notifique al imputado conforme el art. 165 del CPP (fs. 24 y vta.).
- recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad,
- 1)
- 2)
- 3)
- 4)
- 5)
- 6)
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- a)
- i)
- II.4.
- II.6.
- II.8.
- II.9.
- II.12.
- II.13.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- “recurso de
- III.3. Subsidiaridad excepcional del hábeas corpus, ahora acción de libertad
- mecanismos que deben ser agotados antes de acudir a la tutela constitucional
- III.4. Análisis del caso denunciado
- Fragmento 23
- “improcedente”
- APROBAR