Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0627/2010-R
Fecha: 19-Jul-2010
II.9.
II.9. El Juez Octavo de Sentencia, por Auto de 9 de febrero de 2008, rechazó la solicitud de saneamiento de procedimiento hecha por José Antonio Vallejos Camacho y respecto al incidente de notificación interpuesto por el mismo incidentista, dispuso la nulidad de la notificación respecto a los imputados Ana María y Daniel Vallejos Camacho, ordenando su notificación por edicto de prensa al igual que al imputado Carlos Vallejos Camacho (fs. 39 a 44).
- recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad,
- 1)
- 2)
- 3)
- 4)
- 5)
- 6)
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- a)
- i)
- II.4.
- II.6.
- II.8.
- II.9.
- II.12.
- II.13.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- “recurso de
- III.3. Subsidiaridad excepcional del hábeas corpus, ahora acción de libertad
- mecanismos que deben ser agotados antes de acudir a la tutela constitucional
- III.4. Análisis del caso denunciado
- Fragmento 23
- “improcedente”
- APROBAR