SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0656/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0656/2010-R

Fecha: 19-Jul-2010

1)

El abogado del tercero interesado señaló: 1) No son dos demandas distintas, pues el proceso ordinario es consecuencia de la demanda coactiva, la no ejecutoria inmediatamente con la sentencia o el remate de los bienes, sólo adquiere ejecutoria sustancial y no formal; 2) Se apersonó al proceso coactivo con el Auto Supremo que declaró infundado el recurso del proceso ordinario a objeto de que se “le devuelva la fianza” para resarcir el daño, lo que hasta el presente el demandante no hizo; y, 3) La Sentencia del proceso ordinario modificó la Sentencia del juicio coactivo, sin que exista vulneración a la seguridad jurídica pues se tramitó todo en forma legal.