Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0667/2010-R
Fecha: 19-Jul-2010
APROBAR
El Tribunal Constitucional, en virtud a la jurisdicción y competencia que le confieren los arts. 4 y 6 de la Ley 003 de 13 de febrero de 2010, denominada Ley de Necesidad de Transición a los Nuevos Entes del Órgano Judicial y Ministerio Público; 7 inc. 8) y 93 de la LTC, en revisión, resuelve APROBAR la Resolución 01/08 de 4 de abril de 2008, cursante de fs. 31 a 32 vta., pronunciada por el Juez Séptimo de Sentencia y de Partido en lo Penal Liquidador del Distrito Judicial de Santa Cruz; y en consecuencia, CONCEDE la tutela solicitada en relación al Director del Hospital San Juan de Dios demandado.
- hábeas corpus, ahora acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades y particular recurrido y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- “procedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- “accionante”
- ordenar la tutela
- III.3.
- Fragmento 16
- III.4. La acción de libertad contra particulares
- III.5. Análisis del caso concreto
- III.5.1.
- III.5.2.
- “
- APROBAR