Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0667/2010-R
Fecha: 19-Jul-2010
I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
El abogado de la parte recurrente, ratificó los fundamentos del recurso y los amplió señalando que actualmente no existe cárcel por deuda, por lo que solicitó se ordene a la dirección del Hospital la libertad inmediata del paciente, ordenándose al conductor que cubra los gastos, y se declare procedente el recurso.
- hábeas corpus, ahora acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades y particular recurrido y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- “procedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- “accionante”
- ordenar la tutela
- III.3.
- Fragmento 16
- III.4. La acción de libertad contra particulares
- III.5. Análisis del caso concreto
- III.5.1.
- III.5.2.
- “
- APROBAR