SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0672/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0672/2010-R

Fecha: 19-Jul-2010

Fragmento 5

Pedro Valdivia Lazarte se ratificó en el contenido del informe escrito que cursa de fs. 44 a 45, en el que manifestó que: a) No es el propietario del terreno en cuestión, sino sus hijas Adelaida, Genoveva, Sofía y María Teresa Valdivia Cuadros, a quienes debió demandarse y no a él, por lo que carece de legitimación pasiva para ser demandado; b) Que sus hijas, propietarias del terreno, tienen en la Alcaldía Municipal de Quillacollo un trámite administrativo pendiente por expropiación; y, c) Los hechos que le atribuyen no son ciertos y no ha ocasionado daño alguno y si los recurrentes no tienen acceso es porque también han sembrado en sus terrenos y áreas destinadas a vías, por donde fácilmente podrían acceder a la av. Busch.