Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0672/2010-R
Fecha: 19-Jul-2010
II.6.
II.6. Los afectados, el 21 de noviembre de 2006, denunciaron ante el municipio de Quillacollo, el bloqueo de la vía de acceso a sus viviendas, solicitando se disponga la apertura de dicha calle, solicitud reiterada el 12, 14, 21 y 29 de diciembre de 2006 y 9 de enero de 2007 (fs. 5 a 11) sin obtener respuesta a ninguna de sus solicitudes ni conseguir la apertura de la calle cerrada por el recurrido.
- recurso de
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- Fragmento 5
- 1)
- concedió en parte
- I.3.
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- III.2.Términos procesales en la acción tutelar de amparo constitucional
- III.3. Consideraciones sobre la naturaleza del amparo constitucional
- III.4. Análisis del caso
- III.4.1. En cuanto al accionar del particular demandado
- sin que medie ningún impedimento ilegal o arbitrario
- III.5.2. En cuanto a los actos de la autoridad municipal demandada
- concedido en parte
- APRUEBA