SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0674/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0674/2010-R

Fecha: 19-Jul-2010

III.3. En cuanto a los derechos invocados

Con relación a la "la seguridad jurídica" que la accionante considera vulnerado, éste Tribunal Constitucional a través de la SC 0096/2010-R de 4 de mayo, ha dejado establecido que "la seguridad jurídica" es un principio, y "…al ser un principio, no puede ser tutelado por el recurso o acción de amparo constitucional que tiene por finalidad proteger derechos fundamentales -no principios-, reconocidos por la Constitución, las normas internacionales de derechos humanos reconocidos y/o ratificados por el país (que conforman el bloque de constitucionalidad) y las leyes; sin embargo, por su reconocimiento constitucional, no puede ser inobservado por las autoridades jurisdiccionales y/o administrativas, a momento de conocer y resolver un caso concreto sometido a su competencia, por tanto es de inexcusable cumplimiento".

En cuanto al derecho al trabajo y a una remuneración justa la SC  239/2010-R de 31 de mayo, ha precisado que: "El art. 46 de la Constitución Política del Estado vigente (CPE) señala que: "I. Toda persona tiene derecho: 1. Al trabajo digno, con seguridad industrial, higiene y salud ocupacional, sin discriminación, y con remuneración o salario justo, equitativo y satisfactorio, que le asegure para sí y su familia una existencia digna. 2. A una fuente laboral estable, en condiciones equitativas y satisfactorias. II. El Estado protegerá el ejercicio del trabajo en todas sus formas".

En cuanto a su conceptualización, este Tribunal en la SC 549/2007-R de 3 de julio, citando a su vez como referente a la SC 1132/2000-R de 1 de diciembre, señaló que el derecho al trabajo es la: '…la potestad, capacidad o facultad que tiene toda persona para desarrollar cualquier actividad física o intelectual tendiente a generar su sustento diario como el de su familia'. Empero en un sentido más claro debe entenderse que el derecho al trabajo también significa la potestad o derecho que tiene toda persona según su capacidad y aptitudes, a buscar un trabajo, postularse o acceder al mismo, y mantenerlo, claro está de conformidad a las circunstancias y exigencias del mismo, y según el orden normativo que lo regula, de tal manera que en base a este derecho quien desarrolla la actividad física o mental pueda procurarse su propia manutención como la de su familia, para subsistir en condiciones mínimas de dignidad humana." Entendimiento que tiene estrecha relación con el derecho a una remuneración justa, y también así establecida por la Constitución vigente en su art. 46.I y II.