SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0674/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0674/2010-R

Fecha: 19-Jul-2010

III.4.1.

III.4.1. Mediante Resolución de 5 de mayo de 2006, el Tribunal Sumariante, dentro la denuncia interpuesta por Ricardo Estrada Salazar, impuso la sanción disciplinaria para la Jueza Segunda de Instrucción en lo Civil del Distrito Judicial de Pando, María Inés Burgos Belaunde y la Actuaria del mismo Juzgado, Elizabeth Ferreira de Silva, la suspensión sin goce de haberes del ejercicio de sus funciones por un mes conforme lo preceptúa el art. 26.3 del RPDPJ, no estableciéndose sanción alguna contra Jhonny Ventura Vogth, auxiliar de dicho Juzgado, por no existir prueba en su contra. 

Por otra parte, el Pleno del Consejo de la Judicatura, como Tribunal de apelación, mediante Resolución 197/2006 de 14 de junio, confirmó la Resolución apelada en observancia a los arts. 48.II de la LCJ y 90.I del RPDPJ, modificando la sanción a seis meses de suspensión sin goce de haberes, considerando que las accionantes con sus apelaciones no han podido desvirtuar la Resolución final de 5 de mayo de 2006, que por el contrario el investigador, al presentar su recurso, le permitió que el Tribunal de segunda instancia pueda determinar la sanción disciplinaria que corresponda a las funcionarias accionantes, toda vez que, con sus actos, han adecuado su conducta a la contravención del "art. 82 inc. a) del reglamento específico de Administración de Personal del Poder Judicial" (sic).