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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0717/2010-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0717/2010-R

    Fecha: 26-Jul-2010

    II.2.

    II.2.  Planteado los recursos de reconsideración (fs. 13 y 34 a 38 vta.) son resueltos por Resolución del Tribunal de Personal del Ejército 073/2006 de 10 de mayo y 091/2006 de 29 de junio (fs. 14 a 15 y 43 a 47), por las que se declara la improcedencia de los recursos de reconsideración interpuestos por lo recurrentes.

    • recurso de amparo constitucional, ahora acción
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
    • I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
    • a)
    • denegó
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.
    • aún cuando no se haya hecho uso oportuno de dicho recurso
    • Fragmento 14
    • III.3. El caso de autos
    • Por tanto el recurso de aclaración, explicación y enmienda es un medio legal idóneo para que el Tribunal Superior del Personal de las FFAA corrija en su caso los extremos denunciados; no pudiendo el actor pretender subsanar su omisión mediante el presente amparo constitucional, que es un recurso extraordinario y subsidiario
    • APROBAR

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