Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0753/2010-R
Fecha: 02-Ago-2010
II.3.
II.3. En octubre de 2006, a petición de Luís Alberto Paz Virguet, Jefe de la Unidad de Defensa al Consumidor, las recurrentes, tuvieron que trasladar sus casetas ubicadas en las calles Bolívar, Soria Galvarro y La Plata, al lado del edificio de ENTEL, cerca de la puerta de la Iglesia de San Francisco (fs. 37 vta.).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- i)
- a)
- 1)
- procedente en
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- II.13.
- II.15.
- III FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- accionante
- denegar
- III.3. Sobre la seguridad jurídica
- III.4. Análisis del caso
- APROBAR