SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0753/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0753/2010-R

Fecha: 02-Ago-2010

II.6.

II.6.  El 30 de noviembre de 2006, las recurrentes, dirigiéndose al Presidente del Concejo Municipal, señalaron que no se les comunicó de la reubicación de los puestos de venta afectados por el Ordenamiento y Revalorización de las plazas “10 de Febrero y Manuel de Castro y Padilla”, como señala el art. 2 de la OM 34/05, según el cual se prohíben nuevos asentamientos de puestos de venta, en lugares adyacentes a éstas, por lo cual, solicitaron autorización para el retorno a su lugar geográfico de trabajo (fs. 20), petición que fue reiterada, el 1 de diciembre de 2006, en este caso, al Alcalde municipal (fs. 22).