SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0809/2010-R
Fecha: 02-Ago-2010
concedido
Por lo expuesto, el Tribunal de garantías al haber concedido la tutela solicitada -no obstante que durante la fundamentación de votos en audiencia la mayoría de sus miembros se pronunciaron contrarios a tal resultado- obligando a la autoridad demandada a convalidar la Resolución Administrativa 476/2006 de 7 de diciembre emitida por la ARPC, cuando no existe normativa legal o reglamentaria que obligue a la autoridad administrativa jerárquica a convalidar los actos irregulares del inferior en grado, decisión que más bien está enmarcada en el ámbito de la facultad discrecional de la autoridad; ha efectuado una incorrecta valoración de los hechos, además de una errónea interpretación y aplicación indebida de la normativa de contrataciones vigente.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- a)
- concedió
- I.3.
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- i)
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- III.2. Términos procesales en la acción tutelar de amparo constitucional
- III.3. En cuanto a la improcedencia del amparo constitucional porque no se presentó demanda contenciosa administrativa
- III.4. En cuanto a la falta de legitimación activa de la accionante
- III.5. Respecto al accionar de la autoridad demandada
- .
- IV. Análisis del caso concreto
- concedido
- REVOCAR