SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0812/2010-R
Fecha: 02-Ago-2010
a)
Siendo el Auto de 10 de marzo de 2008, resultado del evidente desconocimiento y violación al debido proceso, el 14 de marzo de ese año, presentó recurso de apelación contra esa Resolución, que fue concedido por la autoridad recurrida en el efecto devolutivo, por lo que planteó recurso de compulsa, que fue declarado ilegal, devolviéndose el expediente el 29 de abril del mismo año a horas 10:00 y con una sorprendente celeridad ingresó de forma inmediata al despacho del Juez recurrido, quien por Auto de 30 de abril de 2008, autorizó la extensión del mandamiento de apremio, sin considerar que: a) No estaba respetando sus propias determinaciones, pues el Auto de 10 de marzo, condicionó la reincorporación a su propia ejecutoria y le concedió a la Cooperativa un plazo de tres días a partir de ese momento para que cumpla con la misma; b) Incumplió con la Ley, pues conforme a los arts. 213 al 216 del Código Procesal del Trabajo (CPT), el mandamiento de apremio solamente procede en caso en caso de existir sentencia ejecutoriada en materia social que establece el pago de beneficios sociales o en casos de recuperación del patrimonio sindical; y, c) La Cooperativa de Ahorro y Crédito San Antonio no fue notificada previamente con el memorial de solicitud de mandamiento de apremio.
Finalmente, aclara que a través del recurso de hábeas corpus no pretende revertir lo resuelto por la Jefatura Departamental del Trabajo o cuestionar su competencia a pesar de todos los vicios, defectos e irregularidades producidos, sino que busca que se deje sin efecto el mandamiento de apremio autorizado y expedido por la autoridad recurrida.
a) El Juez recurrido no dio cumplimiento al art. 10.III del DS 28699, que de manera categórica indica que el trabajador debe iniciar la demanda de reincorporación ante el juez de trabajo y seguridad social; sin embargo, José Miguel Arandia Pariente no inició la demanda correspondiente, sino un trámite de ejecución coactiva no mencionado en dicho cuerpo normativo.
- recurso de hábeas corpus
- Fragmento 2
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- Fragmento 5
- Fragmento 6
- i)
- ii)
- iv)
- v)
- vi)
- vii)
- viii)
- ix)
- b)
- II.1.
- II.2
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2. Términos procesales en la acción de libertad
- acciones de defensa,
- ordenar la tutela
- III.3. Las lesiones al debido proceso y la acción de libertad
- III.4
- restricciones permitidas, de acuerdo con esta Convención, al goce y ejercicio de los derechos
- III.5. El caso en revisión
- Fragmento 32
- 3º