SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0812/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0812/2010-R

Fecha: 02-Ago-2010

iv)

iv) El Auto de 10 de marzo de 2008, mediante el cual se declaró competente y conminó al Presidente del directorio de la mencionada Cooperativa, Ricardo Iván Villazón Arandía, a reincorporar a José Miguel Arandia Pariente en el cargo de Gerente de esa firma fue objeto de recurso de apelación; sin embargo, si el recurrente consideraba que este no tenía competencia para conocer la causa debió presentar un recurso directo de nulidad por ser ese el medio idóneo al efecto, no siendo el recurso de apelación, el hábeas corpus y ni siquiera el amparo constitucional los medios que le permitan subsanar su negligencia.