SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0812/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0812/2010-R

Fecha: 02-Ago-2010

viii)

viii) No es evidente, que el mandamiento de apremio en materia laboral solamente proceda en caso de sentencias ejecutoriadas que establezcan el pago de beneficios sociales, en virtud a lo previsto por los arts. 213 y 216 del CPT; en cuanto al  argumento que en materia laboral no existe el procedimiento de ejecución coactiva de las resoluciones administrativas porque los jueces de trabajo y seguridad social; supuestamente, no tienen competencia para exigir la reincorporación de un empleado a su fuente de trabajo, se remitió a al contendido integro del Auto de 10 de marzo de 2008, por el que justifica jurídicamente su competencia,; señalando además que por la regla de subsidiariedad prevista por la SC 0885/2007-R de 12 de diciembre, no podía ser considerado por ese recurso.