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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0812/2010-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0812/2010-R

    Fecha: 02-Ago-2010

    v)

    v) Se ordenó al Oficial de Diligencias que notifique a las partes el día sábado 25 de marzo de 2008, porque el Auto con el que debía hacerlo había sido pronunciado el 29 del mismo mes y año, no pudiendo permanecer indefinidamente sin ser puesto a conocimiento de las partes. Precisa que esa notificación se efectuó personalmente a la abogada de la señalada Cooperativa.

    • recurso de hábeas corpus
    • Fragmento 2
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • a)
    • Fragmento 5
    • Fragmento 6
    • i)
    • ii)
    • iv)
    • v)
    • vi)
    • vii)
    • viii)
    • ix)
    • b)
    • II.1.
    • II.2
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • II.7.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
    • III.2. Términos procesales en la acción de libertad
    • acciones de defensa,
    • ordenar la tutela
    • III.3. Las lesiones al debido proceso y la acción de libertad
    • III.4
    • restricciones permitidas, de acuerdo con esta Convención, al goce y ejercicio de los derechos
    • III.5. El caso en revisión
    • Fragmento 32
    • 3º

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