SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0812/2010-R
Fecha: 02-Ago-2010
I.1.1. Hechos que motivan el recurso
En aplicación de los arts. 16 inc. e) de la Ley General del Trabajo (LGT) y 9 inc. e) de su Reglamento, mediante memorándum 81/2006 de 16 de septiembre, se despidió a José Miguel Arandia Pariente del cargo de Gerente de la Cooperativa de Ahorro y Crédito San Antonio Ltda., quien ante esa decisión acudió a la Jefatura Departamental del Trabajo; no habiéndose arribado a una conciliación, esa instancia emitió la Resolución Administrativa JDT/R/006/07 de 4 de abril de 2007, disponiendo su inmediata reincorporación al cargo que desempeñaba, pese a que no tenía competencia para hacerlo en consideración a la causal de despido. A pesar de haber presentado un recurso de revocatoria contra esa decisión, la misma fue confirmada por la Resolución Administrativa JDT/R/12/07 de 21 de mayo de 2007, habiendo presentado recurso jerárquico contra esta última determinación, la misma que fue confirmada por Resolución Ministerial (RM) 421/07 de 21 de agosto de 2007.
Conforme al art. 10.III del Decreto Supremo (DS) 28699 de 1 de mayo de 2006, José Miguel Arandia Pariente, debía iniciar una demanda de reincorporación ante la autoridad, pero interpuso una demanda atípica e inexistente en la legislación laboral de "ejecución coactiva" por la que solicitó el cumplimiento de la RA JDT/R/006/07; sin embargo, el Juez Segundo de Partido de Trabajo y Seguridad Social de Cochabamba, desconociendo normas adjetivas y sustantivas de la materia, por Auto de 10 de marzo de 2008, admitió esa demanda, se proclamó competente para su conocimiento y ejecución; y negando cualquier alternativa de defensa, conminó de manera directa a la citada Cooperativa a restituir a José Miguel Arandia a su fuente de trabajo en el plazo de tres días a partir de la ejecutoria de esa Resolución.
- recurso de hábeas corpus
- Fragmento 2
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- Fragmento 5
- Fragmento 6
- i)
- ii)
- iv)
- v)
- vi)
- vii)
- viii)
- ix)
- b)
- II.1.
- II.2
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2. Términos procesales en la acción de libertad
- acciones de defensa,
- ordenar la tutela
- III.3. Las lesiones al debido proceso y la acción de libertad
- III.4
- restricciones permitidas, de acuerdo con esta Convención, al goce y ejercicio de los derechos
- III.5. El caso en revisión
- Fragmento 32
- 3º