Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0823/2010-R
Fecha: 10-Ago-2010
II.4.
II.4. A través del memorial presentado el 30 de enero de 2007, el recurrente, solicitó a los Vocales de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, la modificación de la medida cautelar de arraigo local, que mereció la providencia de 31 del mismo mes y año, en sentido de que al haberse remitido los antecedentes ante la Corte Superior del Distrito Judicial de Oruro, ocurra directamente ante el Tribunal de alzada (fs. 167 a 173).
- recurso de hábeas corpus,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- 1)
- i)
- procedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- acción de libertad
- ordenar la tutela
- III.3. Sobre la falta de legitimación pasiva en la acción de libertad
- III.4.
- REVOCAR