SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0823/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0823/2010-R

Fecha: 10-Ago-2010

II.7.

II.7.  A través del memorial presentado por el recurrente ante el Presidente y Vocales de la Corte Superior del Distrito Judicial de Oruro, de 2 de abril de 2007 (fs. 46 y vta.), solicitó que ante el impedimento de todos los Conjueces de ese Tribunal, se designen abogados notables, sólo para la consideración de la medida cautelar de arraigo local en cumplimiento de los arts. 85 y 127 de la LOJabrg. Asimismo, solicitó mediante memorial de la misma fecha, se tramiten las excusas presentadas por los Conjueces de ese Tribunal (fs. 47 a 48).