SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0828/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0828/2010-R

Fecha: 10-Ago-2010

II.3.

II.3.  En audiencia de juicio oral de 8 de marzo de 2007, el Juez recurrido, a través del Auto emitido en dicho acto, rechazó la solicitud de suspensión del juicio planteada por el representado del recurrente; apelada esa determinación, fue rechazado el recurso de alzada por no estar expresamente establecido en el art. 403 del CPP. Sobre la decisión de rechazo al recurso de apelación, se planteó recurso de reposición, mismo que no fue admitido, dando lugar a que  los abogados defensores abandonen la Sala, por lo que el Juez recurrido les impuso una multa de Bs2000.- a cada uno, suspendiéndose la audiencia hasta el 12 de abril de 2007 (fs. 122 a 125).