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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0836/2010-r
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0836/2010-r

    Fecha: 10-Ago-2010

    Fragmento 3

             Con esos antecedentes, el recurrente interpone recurso de hábeas corpus contra Óscar Fernando Aguilar Fuentes, Juez Primero de Instrucción en lo Penal de Quillacollo del Distrito Judicial de Cochabamba y Magaly del Carmen Campos Arce, Fiscal de Materia, solicitando se declare procedente, disponiendo su inmediata libertad.

    • recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad,
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • Fragmento 3
    • I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
    • 1)
    • procedente
    • I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.
    • acción de libertad
    • ordenar la tutela
    • empero, en caso de existir mecanismos procesales específicos de defensa que sean idóneos, eficientes y oportunos para restituir el derecho a la libertad y a la persecución o procesamiento indebido, deben ser utilizados previamente por el o los afectados
    • no puede crear y activar recursos simultáneos o alternativos
    • con carácter previo a interponer la acción de libertad, se debe apelar la misma, para que el superior en grado tenga la posibilidad de corregir la arbitrariedad denunciada
    • III.4. Análisis del caso
    • REVOCAR

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