Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0842/2010-R
Fecha: 10-Ago-2010
I.1.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
El recurrente, señala la vulneración de sus derechos a la “seguridad jurídica”, al trabajo, a la petición, a la presunción de inocencia, a la defensa y de la garantía al debido proceso, citando al efecto los arts. 7 incs. a), d), h), j) y k), 16.I, II y IV y 156 de la CPEabrg; 9 del CPP; 1, 2, 4, 5 y 6 del CPPM; 8.1 y 2 del Pacto de San José de Costa Rica; 8 y 23 de la DUDH.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
- 1)
- a)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- accionante
- denegar
- III.3.Sobre la seguridad jurídica
- III.4. En cuanto a la legitimación pasiva
- b) La capacidad procesal de las partes;
- Fragmento 22
- APROBAR